Audiencia Provincial de Vizcaya

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Sentencias destacadas

Sentencia de Audiencia Provincial - Bilbao nº 723/2005, de 22 de Noviembre de 2005
Recurso nº 229/2005, Ponente MARIA CONCEPCION MARCO CACHO

“REGULACIÓN DE HONORARIOS. PRUEBA. CONTRATO DE SERVICIO. Se reclama contra sentencia que condeno al recurrente al pago de una suma de dinero en el marco de una reclamación de cantidad por servicios prestados por parte de profesionales. Son motivos en que se funda el recurso de apelación: 1).- Inexistencia de prueba documental que pueda sustentar una sentencia estimatoria de la demanda -no se han incorporado al procedimiento las “”minutas”" -son documentos básicos que deben acompañar a la demanda; 2).- No se admite que exista relación de servicios contratada con la parte actora. al contrario de lo pretendido por el apelante el actor acredita el hecho que alega: que se contrataron los servicios profesionales y que estos se prestaron siendo que acreditados estos extremos la obligación de pago por el demandado deviene acreditada y probada, no aportándose dato de que se hubiera verificado -no se aporta ningún recibo de pago-; o que fuera excesiva la cantidad reclamada; procede en su consecuencia la ratificación íntegra de la sentencia sin que tenga efecto alguno el cambio de denominación entre el membrete que consta en las minutas y la actual, al ser idéntica entidad de abogados asociados. No se hace lugar al recurso de apelación.”

Sentencia de Audiencia Provincial - Bilbao nº 146/2006, de 28 de Febrero de 2006
Recurso nº 788/2004, Ponente MARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA

“QUIEBRA CULPABLE. OPISICIÓN. RESPONSABILIDAD. Se reclama contra sentencia de instancia cuyo fallo a tenor literal siguiente: Que de conformidad con lo dispuesto en la fundamentación jurídica de la presente Sentencia, y con desestimación de la oposición formulada por TIISA BILBAO S.L., se declara CULPABLE la quiebra de la referida, con los efectos legales inherentes a dicha declaración.”" La quiebra de calificarse como fortuita si la real situación económica, patrimonial y financiera de la empresa se desprendía sin dificultad del análisis de su libros, cual no ocurre en este caso. No ha tenido respaldo probatorio alguno la mera alegación vertida por la quebrada de que en la contabilidad aparece claramente determinado como se efectuó una venta a La Nouvelle Societe Bonmartin S.A., cuyo importe resulta impagado, lo que no es influente en la calificación de la quiebra, sino el hecho de que no se efectuase durante los años sospechados las correcciones valorativas exigidas en el Código de Comercio. No se hace lugar al recurso de apelación. ”

Sentencia de Audiencia Provincial - Bilbao nº 166/2006, de 08 de Marzo de 2006
Recurso nº 539/2005, Ponente MARIA CARMEN KELLER ECHEVARRIA

IMPUESTOS. IVA. Se estima parcialmente la demanda, condenando al demandado, sin imposición de costas. El actor apela. Debe estimarse el motivo del recurso relativo al impuesto del Valor Añadido y ello por cuanto que efectivamente el mismo constituye un impuesto indirecto que se devenga en las operaciones mercantiles incrementando el precio final del producto, no debiendo confundir la obligación de retención de las cantidades cobradas en concepto de IVA con su obligación de cobro, ya que las cantidades cobradas en concepto de IVA, obviamente habrán de ser satisfechas a Hacienda, deduciéndose el IVA abonado, pero ello exige el cobro y pago del citado jmpuesto por lo que en la compensación formulada en la resolución de la instancia deberá ser considerada este concepto. Se estima parcialmente el recurso, revocando la sentencia de instancia.