Audiencia Provincial de Navarra
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Sentencias destacadas
Sentencia de Audiencia Provincial - Navarra nº 197/2005, de 21 de Noviembre de 2005
Recurso nº 157/2005, Ponente JOSE JULIAN HUARTE LAZARO
DERECHOS INTELECTUALES. OBRAS. PREPRODUCCIÓN. PERMISOS. Se reclama contra sentencia que se pronunció en el sentido de declarar que la demandada ha realizado una reproducción ilícita de obras impresas, vulnerando los derechos de propiedad intelectual y que por ello está obligada a solicitar de la actora la pertinente autorización o licencia para la utilización, mediante el sistema de reproducción por reprografía o máquinas fotocopiadoras, de las obras impresas que forman el repertorio de la actora y sobre las que ésta ostenta el derecho exclusivo de reproducción reprográfica, sin que pueda fotocopiar las mismas sin la pertinente autorización o licencia para reproducir las obras que forman dicho repertorio. Así no puede olvidarse que la actora es una entidad autorizada para la gestión de los derechos de propiedad intelectual y la legitimación resulta de los propios estatutos la circunstancia de que no sea idéntica la redacción contenida en la certificación indicada y copia de los estatutos y la que figura en el poder (ya que en ésta se recogen las sucesivas modificaciones), ello en el supuesto de autos resulta irrelevante ya que en lo sustancial de la gestión de los derechos ahora ejercitados no hay contradicción, como para poder concluir una disfunción que nos llevara a concluir que la actora no se encuentra autorizada para ejercer los derechos aquí planteados. No se hace lugar al recurso de apelación.
Sentencia de Audiencia Provincial - Navarra nº 28/2006, de 20 de Marzo de 2006
Recurso nº 6/2005, Ponente JOSE JULIAN HUARTE LAZARO
“DELITO DE ABUSO SEXUAL. PRUEBA DE CARGO. DECLARACIÓN DE LA VÍCTIMA. REQUISITOS. Se desarrolló juicio por delito continuado de abuso sexual. Es doctrina reiterada la que tiene declarada la aptitud de la sola declaración de la víctima para provocar el decaimiento de la presunción de inocencia, siempre que en dicha declaración aparezcan los requisitos exigidos por la Jurisprudencia para la validez de dicha prueba. Así: ausencia de incredibilidad subjetiva, pues no tenían motivo alguno para faltar a la verdad; verosimilitud, ya que todas las corroboraciones periféricas abonan por la realidad del hecho; y persistencia y firmeza de los testimonios, que han sido mantenidos tanto en la fase de instrucción como en el juicio oral. En primera instancia se condena al imputado. Se desestima la apelación.”
Sentencia de Audiencia Provincial - Navarra nº 28/2006, de 28 de Febrero de 2006
Recurso nº 9/2006, Ponente FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO
DELITO DE MALTRATO HABITUAL. DAÑO MORAL. INDEMNIZACIÓN. Se reclama contra la sentencia que condena al imputado como autor de un delito de maltrato habitual, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a pena de prisión. Este tipo de delitos produce un daño moral en quien los sufre como víctima, pero también daños o trastornos de evolución. Así el informe de la psicóloga liga a los episodios de maltrato físico y psicológico, estado de tristeza, insatisfacción consigo mismo y hogar familiar, temor e intranquilidad, lo que a su vez afecta de manera negativa a su desarrollo psicoevolutivo y dificultad de adaptación al nuevo hogar y país. Cabe tener por acreditado un daño moral y un perjuicio en la evolución y desarrollo normalizado de la personalidad del menor, que puede valorarse, a efectos de su indemnización que fija la Juzgadora de instancia. No se hace lugar al recurso de apelación.