Audiencia Provincial de Málaga

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Sentencias destacadas

Sentencia de Audiencia Provincial - Málaga nº 651/2005, de 22 de Noviembre de 2005
Recurso nº 329/2005, Ponente MARIA JESUS ALARCON BARCOS

“LESIONES. PRUEBA. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. Se reclama contra sentencia que condeno al recurrente como autor responsable de dos faltas de lesiones. La LECrm., aplicable al recurso de apelación del juicio de faltas admite que en el escrito de formalización se pida la declaración de nulidad del juicio por infracción de normas o garantías procesales que causaren la indefensión del recurrente, pero establece como condición que se haya pedido la subsanación en la primera instancia, salvo que la falta se hubiera cometido en momento que fuera ya imposible la reclamación. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite al recurrente solicitar la práctica de prueba, exclusivamente en tres casos: las que no pudo proponer en primera instancia; las propuestas que le fueren indebidamente denegadas, siempre que formularé en su momento la oportuna reserva y las admitidas que no fueron practicadas por causas que no le fueren imputables. Se condena en instancia. Se estima parcialmente el recurso de apelación.”

Sentencia de Audiencia Provincial - Málaga nº 15/2006, de 18 de Enero de 2006
Recurso nº 18/01/2006, Ponente JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA

“DEFECTOS CONSTRUCTIVOS. ERROR EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA. DEDUCCIÓN DE LAS CANTIDADES ABONADAS POR LA ASEGURADORA. La Sala, ha comprabado que no existe error en la valoración de la prueba, ya que el Perito dijo que efectivamente la escalera estaba sin impermeabilizar, y que este defecto construtivo provocaba la filtración de agua en la pared, que hacía que se produjesen humedades en la misma. La solicitud de descuento de la cantidad entregada por la aseguradora, y analizando la documental obrante en las actuaciones, tampoco procede, ya que la citada cantidad tiene su origen en los daños causados por instalaciones comunes, no por defectos constructivos, como es el caso que nos ocupa. En primera instancia se estima parcialmente la demanda y en consecuencia se condena a la demandada a abonar a la actora la suma de 5.311,74 euros más los intereses legales desde el momento de interposición de la demanda, debiendo satisfacer cada parte las costas procesales originadas a su instancia y las comunes por mitad. Se desestima la apelación interpuesta por la demandada, se confirma la resolución, con costas a la apelante.”

Sentencia de Audiencia Provincial - Málaga nº 112/2006, de 27 de Febrero de 2006
Recurso nº 851/2005, Ponente MANUEL TORRES VELA

CONTRATO. LEGITIMADO PASIVO. INDEFENSIÓN. No se encuentra bajo un estado de indefensión el demandante que dice que quién suscribió con él el contrato no tenía facultades para ello, pero no se ha acreditado si el que suscribió el contrato es quien se demanda, ni que haya aceptado la oferta que le fue efectuada, ni que estuviera autorizado como mandatario verbal. Circunstancias estas que no fueron contradichas por las pruebas practicadas y siendo que las funciones del demandado en la sociedad quedaban limitadas a cuidar el jardín y la piscina. No puede desconocerse que según sus afirmaciones creía que al suscribir dicho contrato creyó firmar un simple presupuesto, comprensibles por otra parte si se tiene en cuenta que tiene dificultades en el conocimiento del idioma español, y si a ello se une el hecho acreditado de que fue el equipo técnico encargado de la obra. En primera instancia se estimó la demanda. En segunda instancia se desestimo la apelación.