Audiencia Provincial de Las Palmas

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Sentencias destacadas

Sentencia de Audiencia Provincial - Las Palmas nº 513/2005, de 21 de Noviembre de 2005
Recurso nº 418/2005, Ponente NICOLAS ACOSTA GONZALEZ

“DAÑOS. PRUEBA. VALORACIÓN. ERROR. Se reclama contra sentencia que condeno al recurrente como autor responsable de un delito de daños. Cuando la cuestión debatida por la vía del recurso de apelación es la valoración de la prueba llevada a cabo por el juzgador de la instancia en uso de la facultad que le confieren la Ley de enjuiciamiento Criminal y sobre la base de la actividad desarrollada en el juicio oral, la observancia de los principios de inmediación, contradicción y oralidad a que esa actividad se somete, conducen a que, por regla general, deba reconocerse singular autoridad a la apreciación de las pruebas hecha por el Juez en cuya presencia se practicaron, por lo mismo que es este Juzgador, y no el Órgano “”ad quem”", quien goza de la privilegiada y exclusiva facultad de intervenir en la práctica de prueba y de valorar correctamente su resultado, apreciando personal y directamente, sobre todo en las declaraciones de las personas que declaran en el acto del juicio. Se condena en instancia. Se estima el recurso de apelación. ”

Sentencia de Audiencia Provincial - Las Palmas nº 16/2005, de 01 de Febrero de 2005
Recurso nº 152/2004, Ponente PILAR PAREJO PABLOS

DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. SUSTANCIA QUE CAUSA GRAVE DAÑO A LA SALUD. TRÁFICO DE DROGAS. Se trata de cocaína y la cantidad es pequeña; sin embargo no puede olvidarse que los escalones menores del tráfico se nutren de ventas repetidas de pequeñas cantidades, que los consumidores se mantienen en el consumo ilegal mediante actos de adquisición ilícitos a terceros vendedores, y que la iniciación en el consumo, se produce a través del consumo inicial de pequeñas cantidades de droga. Se condena a los acusados.

Sentencia de Audiencia Provincial - Las Palmas nº 142/2005, de 16 de Mayo de 2005
Recurso nº 469/2004, Ponente JOSE LUIS GOIZUETA ADAME

FALTA. LESIONES. Se le imputa al acusado la comisión de una falta de lesiones. Se impugna la sentencia de condena alegando vulneración al principio de inocencia. No obstante cabe tener presente que, la declaración de la víctima o perjudicado por un hecho punible (incluso siendo prueba única) es prueba hábil para destruir la presunción de inocencia, siempre que no existan razones objetivas que invaliden sus afirmaciones o provoquen en el Juzgador alguna duda que impida formar su convicción. En primera Instancia se condena al acusado. Se desestima el recurso de apelación.