Audiencia Provincial de Jaén
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Sentencias destacadas
Sentencia de Audiencia Provincial - Jaén nº 148/2006, de 23 de Mayo de 2006
Recurso nº 11/2006, Ponente MARIA JESUS JURADO CABRERA
“DELITO DE ROBO COMETIDO POR MENOR DE EDAD. APLICACIÓN DE MEDIDAS. ÁNIMO DE LUCRO. Se reclama contra la sentencia condenatoria por el delito de robo con fuerza en las cosas cometido por un menor. En los delitos patrimoniales, el ánimo de lucro es inferible como cualquier hecho psicológico, en función de los actos anteriores, coetáneos y posteriores; y se encuentra insito en los delitos de apoderamiento patrimonial. Por otra parte, la consumación en los delitos de robo no viene condicionada por el agotamiento del fin lucrativo perseguido por el autor, tampoco se exige que el sujeto activo haya dispuesto del dinero o bienes sustraídos. La imposición de las medidas está presidida por el principio de flexibilidad y discrecionalidad reglada, sujeta al marco normativo de los artículos citados y a los fines de educar y motivar al menor en el respeto a los bienes jurídicos. Se desestima el recurso de apelación. ”
Sentencia de Audiencia Provincial - Jaén nº 4/2006, de 16 de Enero de 2006
Recurso nº 12/2006, Ponente MARIA ESPERANZA PEREZ ESPINO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. DESOCUPACIÓN. Se reclama la resolución del contrato de arrendamiento. La falta de ocupación, por otro lado no discutida, la achaca el demandado a que la actora no la ha mantenido en condiciones de habitabilidad mínimas. Ahora bien, esa pretendida culpa no puede ser apreciada, ya que a pesar de venir la demandante obligada a realizar determinadas obras en la vivienda y ello en virtud de la sentencia dictada en su día en el procedimiento de cognición n° 166/99, no obstante, aquélla tuvo la intención de realizarlas, constatándose en la diligencia de reconocimiento de inspección y comienzo de obras de fecha 12-7-01 (documento n° 7 de la demanda) las obras ya realizadas y las que quedaban pendientes, comprometiéndose los operarios de la empresa constructora, pues al acto asistió el encargado de la empresa Obras y Contratas La Loma S.L., que quedó enterado de las mismas, que los trabajos darían comienzo en cuanto sea posible. No concurre en el caso enjuiciado justa causa de desocupación, pues el inquilino no puede apoyarse en la falta de las reparaciones por parte de la arrendadora cuando él nada instó después de las primeras obras, a que se realizaran las que faltaban y que consistían en la colocación de un falso techo de escayola y no habiéndose desvirtuado los acertados razonamientos jurídicos de la sentencia de instancia a través del presente recurso de apelación. Instancia estima la demanda. La alzada desestima el recurso de apelación.
Sentencia de Audiencia Provincial - Jaén nº 41/2006, de 16 de Febrero de 2006
Recurso nº 1/2006, Ponente MARIA LOURDES MOLINA ROMERO
“FALTA DE LESIONES IMPRUDENTES. ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN ENTRE TRACTOR Y AUTOBÚS. ACUSADOS PLURALES. INFRACCIÓN LEVE. USUARIOS DE PIE. El conductor del autobús no cometió ninguna conducta antirreglamentaria reprochable penalmente, al contrario, puede decirse que condujo con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño propio o ajeno. El hecho de que los perjudicados estuvieran de pie resultó circunstancial, se estaban cambiando de asiento; no es que viajaran ocupando el pasillo del autobús. No se debe tener en cuenta la invalidez permanente total, porque lo único acreditado es la dificultad que tiene la recurrente para poder realizar determinadas tareas de la casa. En primera instancia se condenan a los acusados, fijándose las respectivas indemnizaciones civiles. Se estima la apelación de uno de los acusados, a quien se absuelve, y se estima en parte la apelación interpuesta por una de las perjudicadas, modificándose el ponunciamiento respecto de la cuantía.”