Audiencia Provincial de Cuenca
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Sentencias destacadas
Sentencia de Audiencia Provincial - Cuenca nº 112/2006, de 26 de Abril de 2006
Recurso nº 65/2006, Ponente FERNANDO DE LA FUENTE HONRUBIA
LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES. INVENTARIO. La mejora sustancial de la vivienda que implicó una ampliación importante de la misma se produjo constante el matrimonio sin que haya quedado acreditado que se realizara con dinero privativo y que por tanto existe presunción de ganancialidad debiéndose integrar en el activo de la sociedad de gananciales. En primera instancia se estima en parte la demanda. Se desestiman los recursos de apelación interpuestos.
Sentencia de Audiencia Provincial - Cuenca nº 65/2006, de 08 de Marzo de 2006
Recurso nº 278/2005, Ponente ERNESTO CASADO DELGADO
SOCIEDAD. Se estima la demanda, condenando a la demandada, con costas. La demandada apela. Pues bien, a partir del acuerdo social y en el ámbito meramente interno de la sociedad la parte recurrente dejó de formar parte del órgano de administración y , en lógica consecuencia, no le son imputables los actos realizados con posterioridad como son: la no inscripción de la escritura de transformación de S.A en S.L, no promover la el acuerdo de elevación de capital social ni posterior inscripción registral ni, principalmente, el impago de las cuotas a la Seguridad Social en el periodo comprendido. Se estima la apelación, revocando la sentencia de instancia y absolviendo al demandado, sin pronunciamiento sobre costas.
Sentencia de Audiencia Provincial - Cuenca nº 10/2007, de 14 de Febrero de 2007
Recurso nº 101/2006, Ponente ANTONIO DIAZ DELGADO
“RECURSO DE APELACIÓN. FALTA DE LESIONES. ACCIÓN CIVIL. DÍAS DE CURACIÓN. Frente a la sentencia que lo declara autor penalmente responsable de una falta de lesiones interpone recurso de apelación solo en lo referente a la acción civil ejercitada en el proceso penal. El Juzgador de instancia parte de un error al analizar el informe médico-forense. El error es que en el informe médico-forense consta que el tiempo invertido en su curación fue de 44 días, de los cuales 30 ha estado impedido para sus ocupaciones habituales. Y sin embargo en la sentencia recurrida se da por sentado lo contrario de lo expresado en el referido informe. De aquí, que tenga razón el recurrente. Se estima el recurso. ”