Audiencia Provincial de Castellón

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Sentencias destacadas

Sentencia de Audiencia Provincial - Castellón nº 16/2006, de 25 de Enero de 2006
Recurso nº 177/2005, Ponente CARLOS DOMINGUEZ DOMINGUEZ

MANDATOS. FACTOR MERCANTIL. Si bien es cierto que la figura del factor mercantil requiere, en punto a su actuación correcta en el mundo negocial, de la previa existencia de un apoderamiento escriturado otorgado por su principal, como vienen a reconocer los arts. 281 a 284 del Código de Comercio y 1280.5 del Código Civil , así como acomodar su actividad a las facultades conferidas en el poder o directrices marcadas por su mandante, no lo es menos que en su comportamiento frente a terceros tiene vital importancia la apariencia jurídica que rodea su actuación, de manera que cuando el que hacer que realiza, por su propio contenido trascendente y representativo, transmite al tercero la creencia racional de estar contratando con un verdadero apoderado, la consecuencia que origina es la vinculación entre la empresa y dicho tercero, pues de lo contrario quebraría el principio de seguridad jurídica. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la apelación.

Sentencia de Audiencia Provincial - Castellón nº 143/2006, de 19 de Septiembre de 2006
Recurso nº 96/2006, Ponente ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

CONTRATO DE OBRA. EXCEPCIONES. Se desestima íntegramente la demanda, absolviendo al demandado, e imponiéndose las cpstas a la parte actora. La demandante apela. En definitiva, la excepción que opuso el demandado a la reclamación del precio del contrato de arrendamiento de obra formulada por el actor fue, según los propios hechos recogidos en su contestación, la de contrato cumplido defectuosamente, y al ser superior el importe de reparación de los defectos apreciados en la obra que el del precio reclamado suplicó la total desestimación de la demanda. Por ello, y porque constan debidamente probados esos defectos en la obra ejecutada cuya subsanación supera el importe del precio de ejecución, es por lo que la demanda debía ser desestimada y, con ella, también el recurso de apelación interpuesto. Se desestima la apelación, confirmándose la sentencia de instacia, con costas a la parte recurrente.

Sentencia de Audiencia Provincial - Castellón nº 381/2006, de 06 de Octubre de 2006
Recurso nº 179/2006, Ponente PEDRO JAVIER ALTARES MEDINA

“RECURSO DE APELACIÓN. FALTA DE APROPIACIÓN INDEBIDA. FALTA DE CUMPLIMIENTO DEL DERECHO A LA DEFENSA EN JUICIO. NULIDAD. Se apela la sentencia que condena al acusado como autor responsable de una falta de apropiación indebida. No consta que el denunciado fuera citado a juicio en legal forma. No consta que en la diligencia se le leyera al denunciado la denuncia presentada contra él, ni que se le advirtiera de su derecho de comparecer asistido de letrado si así lo desea, ni que se le hiciera la prevención de acudir a juicio con los medios de prueba de que intente valerse. Es más, ni siquiera consta que se le citara para que compareciera ante el juzgado de instrucción con anterioridad a la fecha del juicio, a fin que fuera citado en legal forma. Lo que se indica en la diligencia es la sola citación para el día y la hora de celebración del juicio de faltas.En estas circunstancias, entendemos que concurre el supuesto de nulidad radical previsto en el art. 238.3 de la L.O.P.J. Se estima el recurso.”