Audiencia Provincial de Cáceres
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Sentencias destacadas
Sentencia de Audiencia Provincial - Cáceres nº 70/2005, de 09 de Mayo de 2005
Recurso nº 77/2005, Ponente VALENTIN PEREZ APARICIO
FALTA DE DEFRAUDACIÓN DE FLUIDO ELÉCTRICO. Se alega error en la valoración del testimonio de la denunciante. De haber sido incierto que carecía de suministro podría haber hecho dudar sobre la veracidad de la versión de la parte denunciante y, para ello, el mejor y más sencillo medio habría sido aportar al juicio o, una vez condenado, a este recurso las correspondientes facturas de luz abonadas y alegar que para qué habría de defraudar electricidad si tenía su propio suministro en regla. No lo ha hecho por lo que lo lógico es pensar que carece de tales recibos. En primera instancia se lo condena. Se desestima el recurso de apelación.
Sentencia de Audiencia Provincial - Cáceres nº 2/2006, de 01 de Marzo de 2006
Recurso nº 15/2005, Ponente PEDRO VICENTE CANO-MAILLO REY
PROSTITUCIÓN. PRUEBA. TIPO PENAL. REQUISITOS.. Se reclama contra la sentencia que condeno al recurrente como autor del delito de determinación al ejercicio de la prostitución. Del delito relativo a los derechos de los trabajadores son responsables en concepto de autores los tres acusados. El C. Penal exige para la integración del tipo la concurrencia de los elementos siguientes: a) Un sujeto activo que ordinariamente es el empresario o dador de trabajo y, si se trata de una persona jurídica o colectiva, sus administradores o encargados. b) Un sujeto pasivo que es el trabajador o productor al servicio de aquél. c) Un resultado o evento consistente en la imposición del sujeto activo de condiciones laborales que perjudiquen los derechos de los trabajadores. d) Que tal perjuicio haya sido conseguido o intentado a través de maquinaciones o procedimientos maliciosos, bajo cuyas denominaciones el legislador ha pretendido sin duda recoger todas aquellas gravemente fraudulentas o defraudatorias, integradas por asechanzas o ardides engañosos, dirigidos a manipular artificiosamente a los productores, restringiendo su libertad contractual y estableciendo desfavorables condiciones para su trabajo, cuyo empleo tiene que ser malicioso, lo que equivale, según una larga tradición patria, a dolosa, creando con ello un elemento subjetivo de lo injusto que restringe el ámbito de la culpabilidad, dejando en virtud de su empleo excluidas las conductas culposas que continúan siendo atípicas y por lo tanto impunes, haciendo aparecer tal delito como uno de los calificados por la Dogmática Penal como de consumación instantánea y efectos permanentes, puesto que se perfecciona en el momento en que se imponen o establecen tales condiciones desfavorables para el trabajador que se ve obligado a soportarlas, sin necesidad de que éstas una vez realizadas persistan a lo largo de todo el tracto temporal que constituye la efectividad del delito. No se hace lugar al recurso de apelación.
Sentencia de Audiencia Provincial - Cáceres nº 24/2006, de 28 de Febrero de 2006
Recurso nº 58/2006, Ponente PEDRO VICENTE CANO-MAILLO REY
“ROBO CON FUERZA. VALORACIÓN DE LA PREUBA.Se reclama contra la sentencia que condena a los acusados como responsables criminalmente en concepto de autores de un delito de robo con fuerza en las cosas, sin que concurran circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, a la pena de prisión.No se trata de cual ha sido la conducta procesal del apelante, ni de por qué la causa se ha dilatado en le tiempo, ya que lo que se juzga es un ilícito penal y no otra cosa. El apelante ha participado en ese hecho, ha cometido ese delito y debe ser sancionado en la forma que la sentencia de instancia ha establecido.No nos acredita la apelante en qué consiste el error de la Juzgadora, pues se limita a dar una versión inaceptable de lo ocurrido aquella noche. El M. Fiscal manifiesta en su impugnación a la apelación que las partes pretenden en esta alzada un nuevo análisis crítico de la prueba practicada, algo impensable. No se hace lugar al recurso de apelación.